REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de junio de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : KP02-S-2014-003210
Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos: YEPEZ RAMOS ADRIANA JOSEFINA, SUAREZ DURAN JACKSON NATAEL venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-13.652.638, y V- 12.025.291 de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio GREGORIA CAMACARO , e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro 147.150, y evacuados los testigos, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes YEPEZ RAMOS ADRIANA JOSEFINA, SUAREZ DURAN JACKSON NATAEL, ya identificados, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificado en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un terreno EJIDO cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de los ciudadanos YEPEZ RAMOS ADRIANA JOSEFINA, SUAREZ DURAN JACKSON NATAEL, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ,






ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA.
LA SECRETARIA,


AUDREY LORENA PINTO.
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
LFMA/ALP/ccm.
LA SECRETARIA,


AUDREY LORENA PINTO