REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 19 de junio de 2014
Años 204º y 155º
ASUNTO: GP01-R-2013-000397
PONENTE: JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
A los fines de conocer el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado; WILSON GERMAN MEDINA RAMONES, en su condición de Defensor Privado, en la causa que se le sigue al ciudadano CARLOS JOSE VALBUENA GRATEROL en contra de la decisión dictada en fecha 17-12-2013 por el Tribunal Octavo en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto No GP01-P-2013-020257, esta Sala observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto por el Abogado; WILSON GERMAN MEDINA RAMONES, en su condición de Defensor Privado, en la causa que se le sigue al ciudadano CARLOS JOSE VALBUENA GRATEROL en contra de la decisión dictada en fecha 17-12-2013 por el Tribunal Octavo en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto No GP01-P-2013-020257, quien está legitimada para realizar, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 17-12-2013, quedando el Defensor Privado notificado en fecha 16-12-2013 interponiendo el Recurso de Apelación en fecha 21-12-2013, tal y como co nsta en la certificación de los días de despacho inserta al folio 37 de la presente Causa, por lo tanto se considera que la recurrente ejerció el recurso en tiempo hábil.
Tercero: Quedo debidamente emplazado el Fiscal del Ministerio Publico, dando contestación al recurso en fecha 31-01-2014.
Cuarto: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado; WILSON MEDINA, en su condición de Defensor Privado, en la causa que se le sigue al ciudadano CARLOS JOSE VALBUENA GRATEROL en contra de la decisión dictada en fecha 17-12-2013 por el Tribunal Octavo en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto No GP01-P-2013-020257. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.
JUECES DE SALA
JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
(PONENTE)
LAUDELINA GARRIDO APONTE DANILO JOSE JAIMES RIVAS
La secretaria
Abg. Ana Solórzano
Hora de Emisión: 3:28 PM
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