REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 6 de Enero de 2014
Años 203º y 154º

ASUNTO: GP01-R-2013-000154
PONENTE: JOSE DANIEL USECHE ARRIETA

A los fines de conocer el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada ROSAURA RUIZ, en su condición de defensora privada del ciudadano GLENN EDUARDO ROMERO PEREZ, en contra de la decisión dictada en fecha 15-05-2013 y publicada en fecha 20-05-2013 por el Tribunal Noveno en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto No GP01-P-2004-000327, esta Sala observa:

Primero: Que el Recurso de Apelación fue ejercido por la Abogada ROSAURA RUIZ, quien está legitimado para realizarlo, toda vez que actúa como defensora privada del ciudadano GLENN EDUARDO ROMERO PEREZ, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 15-05-2013 y publicada en fecha 20-05-2013, quedando notificada la defensa en fecha 20-05-2013 interponiendo el Recurso de Apelación en fecha 24-05-2013, es decir quedando notificada en la audiencia, tal y como consta en la certificación de los días de despacho inserta al folio 154 de la presente Causa, por lo tanto se considera que la recurrente ejerció el derecho en tiempo hábil.
Tercero: la Fiscal Primera Segunda del Ministerio Publico, quedo emplazada en fecha 10-07-2013, no dando contestación al Recurso, y la Fiscal Primera quedo debidamente emplazado en fecha 27-08-2013, dando contestación al Recurso de Apelación en fecha 15-07-2013.
Cuarto: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION

Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada ROSAURA RUIZ, en su condición de defensora privada del ciudadano GLENN EDUARDO ROMERO PEREZ, en contra de la decisión dictada en fecha 15-05-2013 y publicada en fecha 20-05-2013 por el Tribunal Noveno en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto No GP01-P-2004-000327. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.


JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
(PONENTE)



LAUDELINA GARRIDO APONTE DANILO JOSE JAIMES RIVAS



La secretaria
Abg. Ana Solórzano
Hora de Emisión: 12:09 PM