REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 06 de Junio del año dos mil catorce
204º y 1545

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Expediente: GP02-L-2014-000815
DEMANDANTE: JUAN RODRIGUEZ MARTINEZ C.I. .4463987
DEMANDADO: PAVIMENTOS URBANOS, C.A. Y ASFALTO EL MORRO, C.A.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Vista la transacción que corre inserto a los autos: Se recibe del ciudadano JUAN RODRIGUEZ MARTINEZ C.I. .4463987, asistido por el ABG. DIEGO AREVALO IPSA Nº 208.699 y por la otra parte la ABG. EVELYN SOSA IPSA Nº 218.755 actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada diligencia constante de 03 folios y 03 folios anexos a los fines de presentar acuerdo transaccional. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia. Se ordena el cierre del expediente.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

LA SECRETARIA
ABG. MARIA LUISA MENDOZA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo la 1:30 p.m.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA LUISA MENDOZA