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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, doce (12) de marzo de dos mil catorce (2014)
 203º y 154º
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-000050
 PARTE ACTORA: JESUS ANTONIO SANABRIA
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
 PARTE DEMANDADA: GRUPO LT, C.A
 PARTE CO-DEMANDADA: ORGANIZACIÓN TORRE Y ASOCIADOS Y/O GRUPO SCOP
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITO
 MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROAS CONCEPTOS LABORALES
 
 ACTA DE INICIO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
 En el día hábil de hoy,  doce  (12) de marzo de dos mil catorce (2014), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, el Tribunal deja constancia de la comparecencia del ciudadano  EDUARDO RAFAEL HERRERA CASTILLO, asistido en este acto por la profesional del derecho ciudadana  THAIS MILAGROS GUILLEN VALBUENA, abogada inscrita en el IPSA bajo el Nº 139.995. En este estado, el Tribunal deja  expresa constancia  que la parte actora, ciudadano JESUS ANTONIO SANABRIA, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 203° y 154°.
 EL JUEZ
 ABG. DANILO SERRANO
 
 LOS PRESENTES
 EL SECRETARIO
 ABG. PEDRO RAVELO
 AP21-L-2014-000050
 DS/Pr.
 
 
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