REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 24 de Marzo de 2014
Año 203° y 155°
ASUNTO N°: AP21-S-2014-000881
Vista la transacción presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, en fecha 21 de Marzo de 2014, suscrita por la parte Oferida, ciudadano JOSE LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.913.904, debidamente asistido por la abogada NELLYCAR PACHECO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 198.654, por una parte y por la otra el abogado JESUS ANTONIO LEOPOLDO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 97.802, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES ALTOS DE GALERIA 18, COMPAÑÍA ANÓNIMA, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.5.000,00), por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal Un (1) juego de copias certificadas del escrito de transacción inserto a los folios 14 al 19, y Tres (3) juegos de copias certificadas de la presente decisión, Una (1) solicitada por la parte Oferente, para lo cual se le insta a consignar los fotostatos a los fines de su certificación, y Dos (2) para el Tribunal, ello de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
EL SECRETARIO
RAFAEL FLORES
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