REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, veinticuatro de marzo de dos mil catorce
203º y 155º


ASUNTO: KH12-S-2006-000023

Solicitante: Jesús Enrique Fernández Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.849.323.

Beneficiaria: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), titular de la cédula de identidad N° (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.).

Motivo: TUTELA

En fecha 02 de marzo de 2.006, el Juzgado de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sala De Juicio N° 2 designó tutor en relación a la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), al ciudadano Jesús Enrique Fernández Rodríguez, ya identificado.
En fecha 23 de abril de 2009, esta juzgadora se avoco al conocimiento de la presente causa, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 28 de abril de 2.009, se dejó expresa constancia del vencimiento del lapso establecido en la norma del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 05 de marzo de 2010, se ordenaron los respectivos informes de seguimiento de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notificación que se le hace a los fines consiguientes
En fecha 02 de junio de 2010, se ordenó la notificación de los ciudadanos Jesús Enrique Fernández Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nº 9.849.323 y Yudith del Carmen Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nº V-9.849.646, a los fines de sostener entrevista con esta juzgadora y con la adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.).
En fecha 30 de junio de 2010, se dejó expresa constancia de la comparecencia de los ciudadanos Jesús Enrique Fernández y Yudith del Carmen Rodríguez, ya identificados. En esa misma fecha se dejó expresa constancia de la comparecencia de la adolescente a manifestar su opinión, quien señaló que se encontraba a gusto.
En fecha 01 de febrero de 2011, se dejó expresa constancia de la comparecencia de la adolescente, por cuanto había sido ordenada entrevista con la misma en virtud de su rendimiento escolar, comprometiéndose la misma a mejorar el comportamiento y rendimiento escolar.
En fecha 21 de febrero de 2014, fue consignado le Informe social de seguimiento respecto a la adolescente, del cual se desprende que la misma se encuentra bien y adaptada a su grupo familiar.

Este Juzgado observa:

De la revisión exhaustiva del presente asunto se desprende de la copia certificada de la partida de nacimiento de uno de los beneficiarios (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), que corre inserta al folio once (11) de autos, que la misma alcanzo su mayoridad, trayendo como consecuencia la finalización de este procedimiento solo en lo que respecta a la ciudadana Fátima Grisel Rodríguez Rodríguez, Así se decide.

DECISIÓN

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminada la Tutela, dictada en sentencia de fecha 11 de mayo de 2.006, por el Juzgado de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sala De Juicio N° 2 , solo en lo que respecta a la ciudadana Fátima Grisel Rodríguez Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 32.812.738, por haber alcanzado su mayoridad.

Expídase por la secretaria copia certificada de esta sentencia a la parte interesada.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 24 de marzo de 2014. Año 203º y 155º.

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS

LA SECRETARIA

Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 133 – 2.014 y se publicó siendo las 03:17 p.m

LA SECRETARIA

Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA


KH12-S-2006-000023