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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal 29º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
 Caracas, nueve de mayo de dos mil catorce
 204º y 155º
 
 ASUNTO : AP21-L-2013-003915
 
 AUTO
 
 
 Vista la diligencia presentada en fecha 09-05-2014, por el apoderado de la parte actora ANGEL ROJAS, IPSA Nº 88.662, en la cual manifiesta recibir el pago de la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (Bs. 12.000,00), de la siguiente forma Bs.2.000,00, en efectivo y Bs.10.000,00, en cheque cuya copia consta en el expediente, y pide homologar el acuerdo de pago transaccional por los conceptos reclamados en el libelo de demanda, tal como se acordó en el acta de fecha 25-04-2014, es por lo que estando el proceso en etapa de mediación, este juzgado  lo HOMOLOGA en los términos expuestos por las partes según lo establecido en los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo las Trabajadoras y los Trabajadores, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asimismo se ordena la entrega de las pruebas a las partes y se da por terminado el presente juicio y se ordena el cierre y archivo del expediente.
 
 
 
 
 El Juez
 
 El Secretario
 
 Abg. Gilberto Alfaro
 
 
 Abg. Mirianky Zerpa
 
 
 
 
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