REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : KP02-S-2013-009386
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: BELKIS NAILET MORENO OCUMARE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 23.813.665, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio MARY SANCHEZ GONZALEZ, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro 148.977, y evacuados los testigos por ante este Tribunal, el mismo considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante BELKIS NAILET MORENO OCUMARE, ya identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificado en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un terreno EJIDO cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana BELKIS NAILET MORENO OCUMARE, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ,





ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA.

LA SECRETARIA,


AUDREY LORENA PINTO.
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
LFMA/ALP/ccm.
LA SECRETARIA,