REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal TERCERO de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Siete (07) de Mayo de dos mil catorce
204º y 155º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
EXPEDIENTE NUMERO: GP02-S -2013-001450
PARTE OFERIDA: JEFERSON RAFAEL QUIÑONES ANTIVEROS
ABOGADA ASISTENTE: ANA KARINA NORIEGA
PARTE OFERENTE: TINTORERIA AMERICANA,C.A.
ABOGADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: LIZ OJEDA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el dia de hoy, 07 de Mayo del año 2014siendo las 10:00 am,comparecieron los Ciudadanos JEFERSON RAFAEL QUIÑONES ANTIVEROS, venezolano, mayor de edad,con cédula de identidad número V-21.032.122 asistido por la Abogada en ejercicio ANA KARINA NORIEGAinscrita en el I.P.S.A, bajo el número157.993 y por la otra parte LIZ OJEDA venezolana, hábil en derecho, con cédula de identidad número V-11.348.705 inscrita en el I.P.S.A. con el numero 86.266 quien actúa en este acto con el carácter de apoderada Judicial de la reclamada TINTORERIA AMERICANA,C.A., identificada en autos representación que consta en el expediente, quienes libre de apremio y de forma espontánea, se dan por notificados para todos los actos del procedimiento, para lo cual solicitan la habilitación del tiempo necesario, para la celebración de una transacción judicial, en la cual las partes haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflicto, y con la mediación del juez, puedan lograr un posible acuerdo que de por terminada el presente procedimiento, para lo cual juran la urgencia del caso. El Tribunal visto el pedimento que antecede, y jurada como ha sido la urgencia del caso, procede habilitar el tiempo necesario, estando las partes presentes, después de sostener conversaciones en la presente audiencia, y con la mediación del juez, han llegado al siguiente ACUERDO-TRANSACCIONAL, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se hace bajo los siguientes términos: El Oferidoexpone que inicio a prestar sus servicios personales y subordinados a la entidad de trabajo TINTORERIA AMERICANA,C.A., en el cargo de DESMANCHADOR, desde el 04deMayo de 2010, hasta el dia04 de Noviembrede 2013, fecha en que se RETIRÓ VOLUNTARIAMENTE; devengando un último salario diario de Bs. 99,10; reclamando en consecuencia a la oferente sus prestaciones sociales de Antiguedad, Vacaciones fraccionadas,Bono vacacional fraccionado y Utilidades fraccionadas, y todos los beneficios laborales contemplados en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; todo lo cual suma la cantidad de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARESSIN CÉNTIMOS (BS. 17.858,00). Acto seguido, a los fines de concluir con el pago de sus prestaciones sociales y demás beneficios laborales y evitar reclamaciones futuras, la entidad de trabajo ofrece en este acto en pagarle al EX TRABAJADOR, la suma total, absoluta y global deDIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES SIN CÉNTIMOS (BS. 17.858,00)pagados de la siguiente manera:DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES SIN CÉNTIMOS (BS. 17.858,00)mediante Cheque número16919908, de fecha 03 de Diciembre de 2013 del BANCO PLAZA, a la orden de JEFERSON QUIÑONES; quedando entendido que la cantidad ofrecida abarca todo los derechos inherentes a la relación de trabajo, prestaciones sociales de antiguedad, vacacionesfraccionadas,bono vacacional fraccionado y utilidades fraccionadas, y todos los beneficios laborales contemplados en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. El Beneficiario en este mismo acto ACEPTA el acuerdo Transaccional en los términos aquí establecidos por el monto global establecido y ofrecido por la Consignante de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES SIN CÉNTIMOS (BS. 17.858,00)y manifiesta que esta de acuerdo en todo lo señalado en el expediente y nada tiene que reclamar a la Consignante por estos conceptos,ni por ningún ningún otro de índole laboral que pudiera tener contra LA EMPRESA derivado de la relación laboral que lo unió con las empresa TINTORERIA AMERICANA,C.A.; así mismo se le pregunta al ex trabajador si el escogio libremente a la profesional del derecho que lo asiste, respondiendo que si la escogió y está contento con la labor realizada por ella; ambas partes solicitan al Tribunal la homologación de la presente transacción y que se le otorgue el carácter de cosa juzgada.-
DE LA HOMOLOGACION: Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera los derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden publico HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron dándole efecto de Cosa Juzgada, y exhorta a las partes a dar cumplimiento en los términos como lo establecieron. De esta acta se hacen 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Es todo. Termino se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
FARIDY SUAREZ COLMENARES.
LA Consignataria
EL BENEFICIARIO,
EL ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA,
ANMARIELLY HENRIQUEZ.
|