REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, doce de mayo de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: GP02-L-2012-002314
PARTE DEMANDANTE: LEONARDO JULIO PARADA
PARTE DEMANDADA: SERVINCA, C.A
Visto que riela a los autos sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Carabobo de fecha 04-10-13 en la cual se condena a la demandada al pago de Bs. 5.35,99 mas la indexacion y visto igualmente el acuerdo de pago celebrado el 27-01-2014 entre las partes, es decir, el abogado, José Angel Aponte, apoderado judicial del demandante, ciudadano, LEONARDO JULIO PARADA y por la demandada, SERVINACA, C.A, representada por su apoderado judicial, el abogado, William Diaz, mediante la cual dejan constancia que se le pagó Bs. 12.000,00 al apoderado judicial del demandante, quien esta facultado para recibir cantidades de dinero, según consta en poder que riela a los autos; pago que se realizó mediante cheque Nro. 56 03980732 a nombre de Leonardo Parada, librado contra el banco 100% BANCO por la cantidad antes mencionada. En consecuencia, Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, le imparte la HOMOLOGACION al acuerdo de pago celebrado entre las partes y presentada en este asunto, por cuanto no es contraria a derecho. Déjese copia certificada de la presente decisión.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los 12 días del mes de Mayo del año 2014, a las 12:50 p.m. Año 203º y 154º.
La Juez
Abg. Angélica Hernández Sánchez
La Secretaria
Abg. Anmarielly Henriquez
Se deja constancia que en el día de hoy 12 de Mayo de 2014, se publicó y diarizó la presente decisión.
La Secretaria
Abg. Anmarielly Henriquez
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