ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2014-000070
PARTE ACTORA: ALEXANDER LUGO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: PIRELLI DE VENEZUELA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Amarilys Mieses
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy, 27 de Mayo de 2014, siendo las 09:00 a.m, este tribunal deja constancia que anunciado como fue el acto con llamado en la sala de espera de audiencias por parte del alguacil tres veces compareció la parte demandada, PIRELLI DE VENEZUELA, C.A a través de su apoderada judicial, la abogada, Amarilys Mieses, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 98.635, quien este acto presento original del poder para su vista y consignó copia del mismo el cual fue agregado a los autos, así mismo se deja constancia que no compareció la parte actora, ALEXANDER LUGO, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia, este tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO por cuanto no compareció a la audiencia preliminar la parte demandante, decisión tomada de conformidad a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo y conforme firman
La Juez,
Abg. Angélica B. Hernández Sánchez
Por la demandada,
La Secretaria,
Abg. Anmarielly Henriquez
|