REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 30 de Mayo del año dos mil Catorce
204º y 155º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Expediente: GP02-L-2013-000023
DEMANDANTE: VICTOR OMAR CASTILLO VARGAS
DEMANDADA: BLOQUES 2000 C.A.
Motivo: ACCIDENTE DE TRABAJO
Vista la diligencia que antecede contentiva de transacción suscrita en los siguientes términos: “Se recibe de la ABG. GABRIELA MONASTERIOS, IPSA Nº 139.378, actuando en su carácter de apoderada judicial de BLOQUES 2000, C.A., representada por el ciudadano ANGEL QUINES, C.I. 17.397.141, actuando en su carácter de Vicepresidente, Escrito constante de 03 folios y 08 folios anexos, mediante la cual desiste de la tercería, así mismo consigna escrito transaccional. ”.
Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia. Se ordena el cierre del expediente.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARIA LUISA MENDOZA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 12:30 p.m.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA LUISA MENDOZA
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