REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, diecisiete (17) de noviembre de dos mil catorce (2014).-
Años 204º y 155°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado JUAN ERNESTO GARANTÓN HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.578, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil 6025 HOTELS CORPOATION, C.A. y ARGENTARIA REAL PROPERTY CORPORATION, mediante la cual solicita dos (02) copias certificadas de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha siete (07) de noviembre de dos mil catorce (2014); el Tribunal acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena expedir por secretaría copia certificada de la actuación indicada, con inserción de la diligencia mediante la cual la solicita y del presente auto. Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,
María Elvira Reis
AP71-R-2014-000724
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, diecisiete (17) de noviembre de dos mil catorce (2014).-
Años 204º y 155°
Vista el escrito que antecede, suscrita por la abogada CARMEN MARÍA TRENARD, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°23.144 , quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil FLAMINGO BEACH HOTEL, C.A., mediante la cual solicita copia certificada de los folios desde el doscientos setenta y tres (273) al trescientos veintiséis (326), ambos inclusive, del expediente, que se refieren a actos celebrados por el ciudadano abogado JUAN GARANTÓN, y también a los poderes que ha presentado, desde el folio doscientos ochenta y cuatro (284) hasta el trescientos veintiséis (326) y dos (02) copias de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha siete (07) de noviembre de dos mil catorce (2014); el Tribunal acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena expedir por secretaría copia certificada de la actuación indicada, con inserción de la diligencia mediante la cual la solicita y del presente auto. Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,
María Elvira Reis
AP71-R-2014-000724