REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de noviembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : KP02-V-2014-001387
Visto el convenimiento de fecha 13/10/2014, efectuado por la parte demandada, ciudadano Ali Pastor Torrealba Mendoza, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.606.589, asistida por la Abogada Miriam Aracelis Cuello Acosta, Inpreabogado Nº 138.638, en el presente juicio de Acción Mero Declarativa, intentado por la ciudadana Lucia Dominga Rojas Bracho, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.304.011; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Hágase entrega de los documentos originales consignados, dejando en su lugar copia certificada de los mismos.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los doce (12) día del mes de Noviembre del año dos mil catorce (2014). Años: 204° y 155°.
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,

Abg. Antony Gilberto Prieto Ortiz
OERL/vo