REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 25 de noviembre de 2014
204° y 155°

Visto el contenido de la demanda y sus recaudos anexos presentada por la abogada MARIA GUADALUPE GARCIA SANZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 55.088, de este domicilio, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Banco Mercantil C.A., BANCO UNIVERSAL; por cuanto la misma no es contraria al orden publico a las buenas costumbres o alguna disposición expresa por la Ley, el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 340 del Código de Procedimiento Civil (juicio ordinario), en consecuencia, emplácese a la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES ZAP, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 15 de Marzo de 2000, bajo el Nº 33, Tomo 11-A, en la persona de su Presidente ciudadano ALEXANDER JOSE ZERPA PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.354.949, de este domiciliado, y a él mismo como Fiador y principal pagador, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a partir de la fecha a que conste en autos la ultima de las citaciones, a dar contestación a la demanda por COBRO DE BOLIVARES. Expídanse copias certificadas fotostáticas del libelo de la demanda, del presente auto, con su orden de comparecencia al pié, a fin de formar las compulsas respectivas de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y entréguesele al alguacil a los fines de que practique la citación del demandado. Líbrese compulsas.


Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular Abg. Juan Carlos López,
El Secretario

En la misma fecha se libró se cumplió con lo ordenado

El Secretario