REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA

CARACAS,___________( ) DE _____________DE 2014
204º y 155º

En fecha 7 de agosto de 2014, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio Nº TS9ºCARCSC 2014/1184 de fecha 31 de julio de 2014, emanado del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió copias certificadas del expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por ciudadano JOSÉ MIGUEL ORTIZ SARMIENTO, titular de la cédula de identidad Nº 10.925.985, debidamente asistido por la Abogada Luisa Gioconda Yaselli P., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 18.205, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 021/13,emanado del INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO CHACAO.

Dicha remisión se efectuó en virtud de haber sido oído en ambos efectos en fecha 21 de julio de 2014, el recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de julio de 2014, por las Abogadas Laura Capechi D. y Luisa G. Yaseli P, actuando con el carácter de Apoderadas Judiciales de la parte recurrente, contra la sentencia dictada en fecha 8 de julio de 2014, por el mencionado Juzgado Superior, mediante la cual declaró Inadmisible la exhibición de documentos solicitada por la parte recurrente.

En fecha 8 de agosto de 2014, se dio cuenta a la Corte, se ordenó aplicar el procedimiento de segunda instancia previsto en los artículos 90, 91 y 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; se designó ponente al Juez EFRÉN NAVARRO y se fijó el lapso de diez (10) días de despacho para fundamentar la apelación.

En fecha 23 de septiembre de 2014, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia presentada por la Abogada Luisa Gioconda, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 18.205, con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano José Ortiz, consignó escrito de fundamentación de la apelación.

En fecha 25 de septiembre de 2014, se dejó constancia, inclusive, se abrió el lapso de cinco (5) días de despacho para la contestación a la fundamentación de la apelación.

En fecha 1 de octubre de 2014, se dejó expresa constancia, inclusive, vence el lapso de cinco (5) días de despacho para la contestación a la fundamentación de la apelación.

En fecha 2 de octubre de 2014, se dictó auto mediante el cual se ordenó pasar el expediente al Juez Ponente EFRÉN NAVARRO, a los fines previstos en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, por cuanto ha transcurrido el lapso para la contestación a la fundamentación de la apelación. En esa misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado.
En fecha 2 octubre de 2014 se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo del Abogado Alejandro Obelmejia inscrito en el IPSA bajo el Nro. 93.617, actuando en condición de apoderado Judicial del Instituto Autónomo Policía Municipal de Chacao, consignó escrito de contestación a la fundamentación de la apelación.

Realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Corte pasa a decidir, previa las siguientes consideraciones:
-I-
Correspondería a esta Corte pronunciarse con respecto al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 8 de julio de 2014 por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital mediante la cual declaró Inadmisible la exhibición de documentos solicitada por la parte recurrente

Ahora bien, esta Corte tiene conocimiento por notoriedad judicial, que en fecha 14 de agosto de 2014, el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital dictó sentencia mediante la cual declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano José Miguel Ortiz Sarmiento contra el Instituto de Policía Municipal del Municipio Chacao.

Ello así, este Órgano Jurisdiccional considera oportuno ordenar al Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, para que dentro de un lapso no mayor a cinco (5) días de despacho, informe sobre el estado actual de la causa principal, siendo que en caso de que hubiera ejercido recurso de apelación contra el fallo dictado el 14 de agosto de 2014, remita a este Órgano Jurisdiccional copia certificada de la referida actuación. Así se decide.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los _________________ ( ) días del mes de _________________ del año dos mil catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.

El Juez Presidente,


EFRÉN NAVARRO
Ponente

La Juez Vicepresidente,


MARÍA EUGENIA MATA
La Juez,


MIRIAM E. BECERRA T.


El Secretario,


IVÁN HIDALGO


Exp. Nº AP42-R-2014-000879
EN/

En fecha ________________________ ( ) de _________________________ de dos mil catorce (2014), siendo la (s) ________________ de la ___________________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° ___________________.


El Secretario,