REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 21 de octubre de 2014
204º y 155º

ACTA

Asunto Nº AP21-L-2014-001965

Parte demandante: Manuel Romero
Apoderados judiciales de la parte demandante: José Gregorio Castellini e Isamir González
Parte demandada: Estacionamiento Torre Sur 2011 C.A., Torre Sur 25 C.A y Nicolás Espinoza Barrios
Apoderados judiciales de la demanda: Genoveva Monedero Navarro y Belkis Zamora Granadillo
Motivo: Cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.

En el día hábil de hoy, martes veintiuno (21) de octubre de 2014, siendo las 11:30 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio. Se deja constancia de la comparecencia del ciudadano José Rafael Avendaño Pérez, titular de la cédula de identidad Nº 5.439.509, en su carácter de Jefe de Recursos Humanos de ambas codemandadas, así como las apoderadas judiciales de los codemandados abogadas Genoveva Monedero Navarro y Belkis Zamora, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.861 y 7.974, respectivamente. De igual forma, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo, dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 204° y 155º.
La Juez,
El Secretario,

Abg. Melitza Guilarte Amario
Abg. Manuel López



Representante de la demandada


Apoderadas judiciales de los codemandados



MGA/ML.