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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación y  Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 Caracas, Siete (07) de Octubre de Dos Mil Catorce (2014)
 204º y 155º
 
 ASUNTO: AP51-J-2014-016939
 MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS
 SOLICITANTE: VERONICA JAIMES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.337.960
 ABOGADO: VILMA ROSAL PINEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.000.
 
 Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, presentada por la ciudadana VERONICA JAIMES RODRIGUEZ, antes identificada; se observa del acta de fecha 25/09/2014, cursante al folio (11) del presente asunto, que no compareció la parte solicitante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, observándose desinterés en la causa, y al no haberse cumplido la formalidad de Ley, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO DE JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, y en consecuencia, se DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA, y se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Ordénese el CIERRE Y ARCHIVO de la presente causa. Y ASÍ SE DECIDE.
 PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
 Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Décimo Quinto (15°) de  Primera Instancia de Mediación y  Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día Siete (07) de Octubre de Dos Mil Catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
 LA JUEZ,
 
 ABG. LENNI CARRASCO DOANTE
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. MARJORIE DIAZ
 AP51-J-2014-016939
 LCD/MD/Maickel.-
 
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