PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, 02 de Octubre de 2014
204º y 155º

DEMANDANTE: ALEJANDRO RIOBOO GÓMEZ titular de la cédula de identidad N° V- 7.363.936
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA:, DAVID SÁNCHEZ NIETO inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 74.960.
DEMANDADO: ALVARO JESUS MELÉNDEZ TORRES, titular de la cédula de identidad N° V-9.849.670.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

ASUNTO: KP02-V-2013-0002131

Visto el escrito de DESISTIMIENTO, presentado por el abogado Luis Alejandro Franco Orozco inscrito en el IPSA bajo el N° 113.825 en su carácter de apoderado de la parte actora según consta en poder que riela al folio once (11), se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Asimismo se acuerda la devolución de originales solicitados una vez sean consignados los fotostatos respectivos.

La Juez Temporal
Dra. Emma García
Secretaria Accidental
Abg. Patricia Asuaje


ECG/pa/cq.