Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos JOSÉ RAMÓN DE LOS SANTOS FERNANDEZ Y MARIA REYES GONZÁLEZ MEJÍAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.719.023 y 10.264.594 respectivamente, en beneficio de sus hijos xx y xx por concepto de Obligación de Manutención. Donde el padre de los adolescentes, ciudadano José de los santos, acordó pasarle la cantidad de setecientos bolívares (Bs. 700,oo) quincenales, y con relación a los gastos de útiles escolares y uniformes en el mes de septiembre, serán compartidos por ambas partes, en el mes de diciembre se comprometió a comprarle los estrenos decembrinos, más el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad