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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,  Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
 Caracas, Veintinueve (29) de Septiembre de 2014.-
 204º y 155º
 
 Expediente: AP11-V-2013-001048.-
 
 Visto el anterior ESCRITO DE PROMOCIÓN DE PRUEBAS, presentado por los Abogados EMILIO PITTIER OCTAVIO, ALFREDO ALMANDOZ MONTEROLA, JOSE ANTONIO ELIAZ Y JUAN MANUEL SILVA, abogados en ejercicios e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 14.829, 73.080, 72.558 y 154.739, respectivamente, en representación Judicial de la parte Actora Ciudadana ANA ISABEL MUTIS BETHENCOURT, Titular de la Cedula de Identidad Nº: V- 16.273.424, consignado en fecha 12 de Agosto de 2014, este Tribunal observa:
 
 De las pruebas promovidas por los Ciudadanos EMILIO PITTIER OCTAVIO, ALFREDO ALMANDOZ MONTEROLA, JOSE ANTONIO ELIAZ Y JUAN MANUEL SILVA:
 
 En relación a las Pruebas Documentales promovidas en el escrito de promoción de pruebas presentado por la representación Judicial de la parte Actora, se ADMITEN, cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes, dejando a salvo la apreciación que de ella se haga en la definitiva. Cúmplase.-
 
 LA JUEZ TITULAR,
 DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.
 EL SECRETARIO TITULAR
 ABOG. LEONARDO MÁRQUEZ.
 AMCdM/LM/HAR.-
 
 
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