REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, quince (15) de abril de 2015.
Años 204° y 156°
Visto el escrito presentado en fecha 08.04.2015, por el abogado RAMÓN S. BURGOS R., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6.109, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA 2013 C.A., parte recurrente, mediante la cual manifiesta que el Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, no ha dado despacho por motivo del ascenso del Juez Titular que se encontraba para ese entonces, lo cual le hace imposible solicitar copias certificadas del presente recurso de hecho, este Tribunal en vista de tal situación y como quiera que no es causa imputable a la parte recurrente, sino por el contrario, conforme a la notoriedad judicial elemento este de convicción suficiente que tienen todos los administradores de justicia, para poder valorar hechos controvertidos y circunstancias que pueda ocurrir en el juicio es por lo que se fija un lapso prudencial de diez (10) días de despacho siguientes a la presente fecha, a los fines de que consigne copias certificadas solicitadas. Cúmplase.-
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria,
María Elvira Reis
Exp Nº AP71-R-2015-000227
VJGJ/MER.-