REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 15 de Abril de 2015
204º y 156º


CASO PRINCIPAL : LP02-S-2015-001636
CASO : LP02-S-2015-001636


AUTO ORDENANDO LA APREHENSION DEL IMPUTADO

Visto el escrito que antecede, suscrito por la Abg. Nini Johann Contreras. Fiscal Décima del Ministerio Público del estado Mérida, de fecha 15-04-2015, recibida en la misma fecha, en la cual solicita, se libre orden de Aprehensión y captura al ciudadano JESUS MANUEL PEÑA SERRATO, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.

El tribunal de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 157 y 236 del Código Orgánico Procesal Penal el auto decisorio con los fundamentos de hecho y de derecho que seguidamente se establece.


DATOS DEL IMPUTADO
JESUS MANUEL PEÑA SERRATO, venezolano, soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 04-03-1983, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 16.656.503, residenciado en el Sector José Adelmo Gutiérrez, parte media, callejón los Pinos, casa Nº 13, Municipio Campo Elías del Estado Mérida.
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DE LOS HECHOS
La Representación Fiscal solicita se dicte orden de aprehensión contra el ciudadano JESUS MANUEL PEÑA SERRATO, motivado a que siendo las siete de la mañana el detective Wilmer Monacal De la Hoz, funcionario adscrito del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas recibió llamada telefónica de una persona de sexo femenino identificándose como ARAQUE ROJAS IRAY NAYARITH, titular de la cédula de identidad Nº 28.549.592, quien figura como víctima en la causa penal Nº K-15-062-00347, por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual, manifestando que recibió llamada telefónica de parte del ciudadano JOSE, quien le informó que el día de hoy (15-04-2015), tenía que mantener relaciones sexuales con él, ya que se estaba trasladando desde la ciudad Barinas, en un vehículo taxi de la línea José Adelmo Gutiérrez, de color blanco, hacía la ciudad de Mérida; … siendo las 7:40 am del día de hoy (15-04-2015)se trasladó dicho funcionario en compañía de los funcionarios Inspector Jefe Sadiel Ramírez, Detective Yordan Mera, Carlos Zerpa y Leonardo De Real, en la unidad P-30723, hacia la carretera Transandina, adyacente al punto de control de Mucuruba, de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Vía Pública, Municipio Santo Marquina del esta entidad Federal, con la finalidad de ubicar al ciudadano antes mencionado; logrando visualizar con dirección al estado Mérida , un vehículo maraca Dodge, modelo Dart, color Blanco placa AH896T, con un tatuco de taxi de la línea José Adelmo Gutiérrez, abordado por tres ciudadano el cual presentaba las características aportadas por la adolescente ARAQUE ROJAS IRAY NAYARITH; al dar la voz de alto al vehículo en mención y que desciendan del mismo, los tripulantes quedaron identificados como: JESUS MANUEL PEÑA SERRATO, titular de la cédula de identidad Nº 16.656.503….DUBLA PEÑA MONCADA, titular de la cédula de identidad Nº 13.198.986 y GUZMAN RANGEL JENNY ANDREINA, titular de la cédula de identidad Nº 26.128.932…, percatándose los funcionarios actuantes que el ciudadano JESÚS MANUEL PEÑA SERRATO, es la persona requerida por la comisión; informándole el motivo de su presencia y por el cual debía acompañarlos hasta la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Delegación Mérida…”.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
En virtud a la petición realizada por la Fiscal Décima del Ministerio Público del estado Mérida, se verificó la existencia de fundados elementos de convicción específicamente el:
-ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 15-04-2015, efectuada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Delegación Mérida, por medio de la cual dejan constancia de que se trasladaron en la unidad P-30723, hacia la carretera Transandina, adyacente al punto de control de Mucuruba, de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Vía Pública, Municipio Santo Marquina del esta entidad Federal, por haber recibido llamada telefónica de una persona de sexo femenino identificándose como ARAQUE ROJAS IRAY NAYARITH, titular de la cédula de identidad Nº 28.549.592, quien figura como víctima en la causa penal Nº K-15-062-00347, por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual, manifestándole que recibió llamada telefónica de parte del ciudadano JOSE, indicándole que el día de hoy (15-04-2015), tenía que mantener relaciones sexuales con él, ya que se estaba trasladando desde Barinas, en un vehículo taxi de la línea José Adelmo Gutiérrez, de color blanco, hacía la ciudad de Mérida; y adyacente al punto de control de Mucuruba, de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Vía Pública, Municipio Santo Marquina del esta entidad Federal, lograron visualizar con dirección al estado Mérida , un vehículo maraca Dodge, modelo Dart, color Blanco placa AH896T, con un tatuco de taxi de la línea José Adelmo Gutiérrez, abordado por tres ciudadano el cual presentaba las características aportadas por la adolescente ARAQUE ROJAS IRAY NAYARITH; al dar la voz de alto al vehículo en mención y que desciendan del mismo, uno de los tripulantes quedaron identificados como: JESUS MANUEL PEÑA SERRATO, titular de la cédula de identidad Nº 16.656.503, siendo la persona requerida por la comisión.
- ENTREVISTA de fecha 06-02-2015, recepcionada a la Adolescente quien se identifico como: MARIA JOSÉ GUILLEN RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 27.779.813, de 14 años de edad. (Folios 04, 05 y 06 Vto.) .
.- Registro de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas Nº 2015-0146, de fecha 06-02-2015 (Folio 7 Vto)
- ENTREVISTA de fecha 06-02-2015, recepcionada al ciudadano HUGOLINDO GUILLEN VARELA, titular de la cédula de identidad Nº 11.958.010, de 47 años de edad. Fecha de nacimiento 08-07-1968, , (Folio 09 Vto.) .
- Reconocimiento Médico Legal Nº 356-1428-0521-15 de fecha 06-02-2015, paracticado por la Dra. Maria Gabriel Duran De Galetta, Experta Médico Forense adscrita Al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses del estado Mérida , practicado a la adolescente MARIA JOSÉ GUILLEN RODRIGUEZ (Folios 13 vto, 14).
Retrato hablado, de la descripción física aportada por la adolescente MARIA JOSÉ GUILLEN RODRIGUEZ, sobre el presunto agresor (folio 17 Vto).
.- ENTREVISTA de fecha 06-02-2015, recepcionada al ciudadano JONATHAN ALFONSO DIAZ BRICEÑO, de 26 años de edad, Fecha de nacimiento 05-09-1988, titular de la cédula de identidad Nº 18.797.906. (Folios 36 Vto, y 37.) .
- ENTREVISTA de fecha 06-02-2015, recepcionada a la Adolescente quien se identifico como: IRAY NAYARITH ARAQUE ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº 28.549.592, de 14 años de edad. (Folios 41 Vto, 42 Vto y 43 Vto.) .
- ENTREVISTA de fecha 06-02-2015, recepcionada al ciudadano DANIEL ENRIQUE UZCATEGUI QUINTERO, de 31 años de edad, Fecha de nacimiento 09-06-1983, titular de la cédula de identidad Nº 16.201.297. (Folio 45 Vto, y 46 Vto y 47).
- Registro de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas Nº 2015-139, de fecha 12-02-2015 (Folio 49).
- ENTREVISTA de fecha 26-02-2015, recepcionada a la ciudadana MARIA ALEJANDRA SIMO HERNANDEZ, de 37 años de edad, Fecha de nacimiento 22-06-1977, titular de la cédula de identidad Nº 13.648.135. (Folio 51 Vto, y 52).
- ENTREVISTA de fecha 02-03-2015, recepcionada a la ciudadana ROSA RIVAS, de 45 años de edad, Fecha de nacimiento 28-12-1969, titular de la cédula de identidad Nº 11.460.269. (Folio 53 Vto).
- ENTREVISTA de fecha 06-03-2015, recepcionada al ciudadano JUNIOR ALEXANDER MARQUEZ ESCALONA, de 26 años de edad, Fecha de nacimiento 09-09-1988, titular de la cédula de identidad Nº 19.996.044. (Folio 54 Vto).
ENTREVISTA de fecha 02-03-2015, recepcionada a la ciudadana Adolescente MARIA JOSÉ GUILLEN RODRÍGUEZ, de 14 años de edad, Fecha de nacimiento 29-08-2000, titular de la cédula de identidad Nº 27.779.813. (Folio 52 Vto).
Experticia de Fijación de Imágenes Nº 9700-067-DC-563, de fecha 30-03-2015 (Folios 56 Vto, 57 Vto, 58 Vto y 59)
- Acta de Investigación Penal, efectuada por el Inspector JOSÉ ÁVILA SULBARAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Delegación Mérida, donde reflejan que recibió mediante correo electrónico "de_mérida@cicpc.gob.ve”, de las empresas telefónicas Movilnet, suministrando los datos del suscriptor SIM CARD signado con los números 0416-1209412 y 0416-0489247, señalando que el abonado 0416-1209412 pertenece a la línea de la ciudadana DEIXI CLARET GARCIA OVIEDO, titular de la cédula de identidad Nº 11652.415 y el abonado 0416-0489247, pertenece a la línea de la ciudadana JESÚS MANUEL PEÑA SERRATO, titular de la cédula de identidad Nº 16.656.503 (Folio 62 Vto).
-ENTREVISTA de fecha 10-04-2015, recepcionada a la ciudadana Adolescente IRAY NAYARITH ARAQUE ROJAS, de 14 años de edad, Fecha de nacimiento 20-10-2000, titular de la cédula de identidad Nº 28.549.592. (Folio 65Vto y 66 Vto).
-Oficio Nº 9700-232-00934, de fecha 10-04-2015, suscrito por el comisario Jefe JORGE HUMBERTO ZAMBRANO adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Delegación Mérida. (Folios 67).
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento: UNICO: Declara Con Lugar la aprehensión del imputado JESUS MANUEL PEÑA SERRATO, venezolano, soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 04-03-1983, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 16.656.503, residenciado en el Sector José Adelmo Gutiérrez, parte media, callejón los Pinos, casa Nº 13, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Fiscal Décima del Ministerio Público del estado Mérida. Ofíciese a todos los Cuerpos de Seguridad del Estado, haciéndole saber que una vez aprehendido el citado ciudadano, debe ser presentado al tribunal dentro de las 48 horas de su aprehensión. Certifíquese por secretaría copia de la presente decisión. Cúmplase.

LA JUEZA DE CONTROL Nº 02.

ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO

LA SECRETARIA;

ABG. ANNY RANGEL MORENO

En fecha ______________, se cumplió con lo ordenado: ______________________________
Sria