REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de abril de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: KP02-V-2015-000846
Vista la Solicitud de TITULO SUPLETORIO DE VEHÍCULO, realizada por el ciudadano: JOSE ANTONIO POLEO GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-12.243.031 y de este domicilio, asistido por la Abg. MARILYN ALEXANDRA ARRIECHE, inscrita en IPSA bajo el N° 185.733, referida a que se compruebe su legitima propiedad del siguiente vehículo de las siguientes características: MARCA: Ford, AÑO: 1981, PLACA: NO POSEE, SERIAL DE CARROCERÍA: 1FBHS31GXBHA66591, TIPO: Autobusette, CLASE: Camioneta, SERIAL DEL MOTOR: V-8, MODELO: Minibus, COLOR: Beis, SERVICIO: Privado. Este Tribunal NIEGA SU ADMISIÓN, en virtud de que con testigos no se puede demostrar la legítima propiedad del vehículo antes señalado. En consecuencia se ordena la devolución de los documentos originales.- Déjese Copia.-
El Juez Temporal
Abg. José Ángel Pereira Flores
La Secretaria Suplente
Abg. Claudia V. Álvarez
JAPF/Ca/vcg