Tramitada como ha sido la presente solicitud de Título Supletorio interpuesta por la ciudadana: María Mercedes Valdez Gudiño, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 9.259.907, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Juan Bautista Manzanilla, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 133.545, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias a que ellas se contraen, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por las ciudadanas: Aida Graterol y Regulo Antonio Pérez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 9.407.519 y 13.119.605, respectivamente, consta que en un lote de Terreno propio, según documento debidamente Protocolizado ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Sucre y Unda del estado Portuguesa, anotada bajo el numero 53, folios del 1/3, Protocolo Primero, Tomo II, Tercer Trimestre del año 2004, ubicado en el Sector El Puente, jurisdicción de la Parroquia San José de Saguaz, Municipio Sucre del estado Portuguesa, con una superficie de siete metros con cuarenta centímetros de frente (7,40mts), por once metros con veinte centímetros de fondo (11,20mts) para un área aproximada de ochenta y dos metros cuadrados con veintidós centímetros (82,22m2) y comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Con una cerca de alambre de púas, Oeste: Con la Quebrada Negra. Este: Vía carretera nacional Biscucuy- Chabasquen y Sur: Terrenos de la ciudadana: Ana Celmira Manzanilla de Gil, ha construido unas bienehcurias consistentes en una casa de habitación familiar y distribuida de la siguiente manera: Paredes de bloques, techo de zinc, pisos de cemento, tres (3) cuartos, dos (2) baños con todo sus accesorios, una (1) sala, cocina, a sus solas y únicas expensas, con dinero de su propio peculio y trabajo personal, invirtiendo en dichas bienhechurias la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs 300.000,00).