REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 06 de abril de 2015
204º y 156º

Visto el escrito de demanda, presentado por el abogado JOSE ARCENIO PERALTA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 171.607, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JESUS HUMBERTO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 8.832.638, de este domicilio; se admite cuanto ha lugar en derecho, ya que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa por la Ley, todo de conformidad con el Artículo 859 del Código de Procedimiento Civil. Emplácese a la parte demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO GUACARA, en la persona de su Sindico Procurador, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a partir de la fecha en que conste en autos su citación, a dar contestación a la demanda por DAÑOS y PERJUICIOS, MATERIALES, EMERGENTES y LUCRO CESANTE, derivado de accidente de transito. Expídanse copias fotostáticas certificadas del libelo de la demanda, del presente auto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, líbrese oficio a los fines de su notificación. El Tribunal hace del conocimiento de las partes que este juicio se seguirá por el procedimiento oral previsto en el Capítulo I, Título XI del Código de Procedimiento Civil.


Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
Juez Titular


Abg. Juan Carlos López
El Secretario


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


El Secretario