REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, seis de agosto de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: PP21-L-2015-000180

PARTE ACTORA: YOHNNY ANTONIO PIMENTEL BRACHO, titular de la cedula de identidad N° 12.264.842.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: KATIUSCA BETANCOURT BUSTAMANTE, SAUL RONDON HIDALGO, AMARILYS LEIDI GALINDEZ CHAVEZ y ANDREINA MARIA GALINDEZ CHAVEZ, titulares de la cedula de identidad N° 12.091.241, 11.082.151, 17.278.576 y 20.641.318, en su orden e inscritos en el Inpreabogado N° 99.624, 60.151, 137.444 y 186.144, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: INDUSTRIA ALIMENTICIA NACIONAL DE CEREALES Y HARINA C.A (IANCARINA), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa bajo el N° 527 folios 56vto al 60 del libro de registro de comercio N° 5 en fecha 15/12/1975, representada por el ciudadano RENATO DI LANZO RUZZI titular de la cédula de identidad Nº 9.567.165.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE RAFAEL CORDOVA CORCEGA, ELIZABETH SCIOSCIA LARA, GABRIEL JOSE CORDOVA HERNANDEZ, ADELISMAR JOSE ANDREA BARRIOS, y MARISA ROMEO MOLINARI, titulares de las cedulas de identidad N° 30.25.080, 8.523.378, 14.992.876, 17.936.450 y 9.840.253, en su orden e inscritos en el Inpreabogado N°. 9.338, 84.246, 114.679, 226.122 y 42.369, respectivamente.

MOTIVO: Prestaciones Sociales y Otros Conceptos.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

DESISTIMIENTO DEL PROCESO POR LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR.


En el día hábil de hoy, 06 de agosto de 2015, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la audiencia preliminar en la presente causa; y anunciada la misma de viva voz por el Alguacil de este Circuito Judicial Laboral JOSÉ GREGORIO PÉREZ, guiándose por la hora del reloj de este Circuito Judicial del Trabajo se dejó constancia de lo se dejo constancia de la incomparecencia a esta audiencia de la parte actora YOHNNY ANTONI PIMENTEL, ni por si ni por intermedio de apoderados judiciales. Por otra parte, se constató la comparecencia de la parte demandada mediante el abogado JOSE CORDOVA, arriba identificado cualidad que se desprende de autos. Siendo así las cosas, la Jueza le preguntó a la parte compareciente, si tenía algún impedimento para que conozca de la presente causa, quien manifiesto de manera clara e inequívoca que no tener impedimento para que la Juez Temporal designada conozca de la causa. Así pues, en atención a la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, esta juzgadora forzosamente aplica las consecuencias establecidas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, motivo por el cual debe considerarse DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: Desistido el Procedimiento.

SEGUNDO: Terminado el Proceso.

REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Acarigua, en esta misma fecha. Es todo.

La Juez Temporal,

La Secretaria,
Abg° Xioleidy Colmenarez,

Abg. Josefina Escalona,



La apoderado judicial de la demandada,