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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
 Caracas, trece de agosto de dos mil quince
 205º y 156º
 ASUNTO: AP31-S-2015-007785
 Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES presentada por los ciudadanos LIBIA ILIANA SANCHEZ MARQUEZ y HECTOR SILVERIO ROJAS GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-11.690.334 y V-7.943.783, respectivamente, asistidos por la abogada ARDELLA MIRELLA MORALES MENDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.754, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena  del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, de conformidad con lo previsto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos LIBIA ILIANA SANCHEZ MARQUEZ y HECTOR SILVERIO ROJAS GONZALEZ, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos en el escrito de fecha 10 de agosto de 2015, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
 EL JUEZ
 
 NELSON GUTIERREZ CORNEJO
 EL SECRETARIO
 
 ABG. RHAZES I. GUANCHE M.
 
 
 
 
 NGC/RIGM/GeneM.
 
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