REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.



Valencia, 06 de agosto de 2015

205° y 156°



Con vista la decisión de fecha 13 de julio de 2015, en la cual se ordeno al secretario del tribunal proceder a efectuar la tasación de las costas en la presente causa, se procede a tal efecto.



Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.

Juez Titular

Abg. Juan Carlos López

El Secretario



Quien suscribe el secretario del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial de estado Carabobo, dando cumplimiento a lo previsto en la ley de Arancel Judicial y a lo ordenado por la ciudadana Juez, se procede a realizar la tasación de las costas y costos del presente proceso basándonos en los recibos anexos por el titular del derecho, es decir ciudadana YESENIA TAICILEX MOFFI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.580.442, de lo cual se desprende.

Por concepto costas y costos, se pueden apreciar según recibos de fechas 28/11/2014, 27/03/2015 y 03/06/2015, la cancelación de los aranceles justificados por las asistencias, por un total de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,00), por concepto de honorarios profesionales de abogados, según recibo suscrito por el abogado MILAGROS GIL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 172.609 por un total de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 300.000,00). Así mismo se deja constancia que luego de haber revisado minuciosamente las actas que componen el presente expediente no se pudo determinar algún otro tipo de costo procesal que pueda determinar algún monto a favor del solicitante de la tasación, por lo que el total de costas procesales es por la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 300.000,00).





Abg. Juan Carlos López

El Secretario