REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 08 de Diciembre del 2015
205º y 156º
Vista la reconvención propuesta por los abogados ARNALDO MORENO LEÓN y ZAIDA JASPE MORA, inscritos en el INPREABOGADO bajo el N 19.186 y 55.658 respectivamente y de este domicilio, apoderados judiciales del ciudadano RAFAEL ALEJANDRO VARGAS FERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.394.531 y de este domicilio, parte demandada, y por cuanto la misma no esta incursa en las causales de Inadmisibilidad previstas en el Artículo 366 del Código de Procedimiento Civil, se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se fija para el dos (2do.) día de despacho al de hoy, a cualquier hora de las fijadas en la tablilla del Tribunal a fin de que la parte demandante reconvenida de contestación a la reconvención propuesta. Suspéndase entre tanto el procedimiento de la causa principal.
Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano,
La Juez titular,
Abg. Juan Carlos López,
El Secretario