REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, 16 de Diciembre del año dos mil Quince
205º y 156º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Expediente: GP02-S-2015-000791
PARTE OFERENTE: CORIMON PINTURAS
PARTE OFERIDA: DAVID VELARDE MENDOZA
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Vista la transacción que antecede y que corre inserto a los autos presentada por una parte de la entidad de trabajo CORIMON PINTURAS, C.A., representada en este acto por su apoderada judicial la Abg. MARIA ANDREINA DEL CARMEN QUIÑONEZ, I.P.S.A Nº 213.701, y por otra parte del ciudadano DAVID JOSE VELARDE MENDOZA, CI: V-26.020.416, debidamente asistido por la Abg. DAYANA ROMERO COHEN, I.P.S.A Nº 168.655, constante de 03 folios y 01 folio anexo, mediante el cual consigna ESCRITO DE TRANSACCION JUDICIAL.

Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia. Se exhorta a las partes a cumplir de buena fe el acuerdo.
LA JUEZ

ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ


LA SECRETARIA
ABG. ANMARIELLY HENRIQUEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 11:40 A.M.

LA SECRETARIA
ABG. ANMARIELLY HENRIQUEZ