REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, 09 de Diciembre del año dos mil Quince
205º y 156º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Expediente: GP02-L-2015-001804
PARTE DEMANDANTE: FELIPE RAMON COLMENARES CASTILLO
PARTE DEMANDADA: INTERAMERICANA DE CLABLES DE VENEZUELA C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la transacción que corre inserto a los autos presentada por el ciudadano FELIPE RAMON COLMENARES CASTILLO, C.I. V-14.393.293, debidamente asistido por la ABG. YULI RODRIGUEZ, IPSA Nº 68.962, diligencia constante de 01 folio sin anexo, mediante la cual desiste de la presente demanda.

Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia. Se exhorta a las partes a cumplir de buena fe el acuerdo.
LA JUEZ

ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ


LA SECRETARIA
ABG. ANMARIELLY HENRIQUEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 3:314P.M.

LA SECRETARIA
ABG. ANMARIELLY HENRIQUEZ