REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 12 de enero del 2015
204º y 155º

Juicio Ejecutivo

Asunto N°: AP41-U-2011-000388. Sentencia Interlocutoria Nº 00002/2015

Vista la diligencia de fecha 18 de diciembre del 2014, suscrita por el ciudadano Carlos Delgado Álvarez, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.533.807, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 21.184, con la cual consigna copias simples del reporte del SENIAT, correspondiente al pago de los intereses moratorios, especificada en la Resolución identificada con las letras y números SNAT/INTI/GRTICER/DJT/2010/0126 de fecha 19 de enero del 2010, emanada de la División de Recaudación de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), con motivo al Juicio Ejecutivo intentado en contra su persona del ciudadano Carlos Eduardo Delgado Álvarez, por la cantidad de Mil doscientos bolívares con ochenta y cuatro céntimos (Bs.F. 1.200,84) y Treinta y tres mil ciento doce bolívares fuertes con veinticuatro céntimos (Bs. F 33.112,24), para un total de Treinta y cuatro mil trescientos trece con ocho céntimos (Bs. F. 34.313,08), demostrando el cumplimiento del pago acordado, entre las partes; siendo la oportunidad correspondiente para decidir sobre el presente caso; este Órgano Jurisdiccional lo hace en los siguientes términos:
Consta en los folios del cincuenta y ocho (58) y cincuenta y nueve (59), copias simples de los siguientes pagos:

Nº de Documento Fecha de Recaudación Banco Monto
301110800 14/04/2008 Banco Industrial de Venezuela
(Taquilla Seniat- Plaza Venezuela) 1.200,84
301110100 14/04/2008 Banco Industrial de Venezuela
(Taquilla Seniat- Plaza Venezuela) 33.112,24
TOTAL 34.313,08

Así mismo, también verifica el Tribunal que los montos reflejados en los antes mencionados pagos, se corresponden con las deudas que han sido demandadas en el presente Juicio Ejecutivo; en consecuencia, el Tribunal aprecia que, con los depósitos ya descritos, la contribuyente canceló las deudas que le han sido demandadas por la División de Recaudación de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); por tanto, considera este Órgano Jurisdiccional que las mismas han quedado extinguidas mediante el pago efectuado. Siendo así el Tribunal revoca cualquier medida que haya sido acordada en el presente Juicio Ejecutivo, dejándola sin efecto. Así se declara.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese de la presente Sentencia Interlocutoria al ciudadano Procurador General de la República, y a los apoderados judiciales de la contribuyente Carlos Eduardo Delgado Álvarez.
Dada, firmada y sellada, en la Sede del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario en Caracas, a los doce (12) días del mes de enero del año dos mil quince (2015), año 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
El Juez Titular,




Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,




Hilmar Elena Rocha Esaá.

La anterior decisión se publico en su fecha a las once y cincuenta (11:50 a.m.) y en fecha Ut Supra se libaron las boletas de notificación.
La Secretaria,



Hilmar Elena Rocha Esaá.


















RCJ/eli.
Actual Asunto N°: AP41-U-2011-000388.