REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diecinueve (19) de enero de 2015
204 y 155
Vista la diligencia de fecha 16.01.2015 suscrita por la abogada PABLA HERNÁNDEZ C., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 90.862, quien en su condición de apoderada judicial de la parte actora, solicita la notificación por cartel, del fallo dictado por este Tribunal en fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil catorce (2014) a la parte demandada, ello en razón de la imposibilidad por parte del alguacil de éste Tribunal de practicar la notificación personal; esta Alzada acuerda en conformidad, en consecuencia se ordena librar cartel de notificación a la sociedad mercantil BIOMEDQUIM, C.A., y a los ciudadanos LUIS ALFONSO VEGA y ADECZA LAMEDA SÁNCHEZ, y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados CARLOS EDUARDO MARIÑO y UBALDO GARCÍA, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 29.601 y 28.398, respectivamente, dicho cartel deberá ser publicado en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA.
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Exp. Nº 10326
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diecinueve (19) de enero de 2015
204 y 155
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER
A la sociedad mercantil BIOMEDQUIM, C.A., y a los ciudadanos LUIS ALFONSO VEGA y ADECZA LAMEDA SÁNCHEZ, y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados CARLOS EDUARDO MARIÑO y UBALDO GARCÍA, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 29.601 y 28.398, respectivamente, parte demandada, en el Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue en su contra la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, sustanciado en el expediente signado con el número 10326, de la nomenclatura llevada por este Tribunal; que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se le concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificado de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 16.09.2014. Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificado conforme al artículo antes citado.-
Cartel que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
DIOS Y FEDERACIÓN
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES