REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintidós (22) de enero de dos mil quince (2015).
Años 204 y 155
Este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día diecisiete (17) de diciembre de 2014 exclusive, fecha en la cual venció el lapso para dictar sentencia, hasta el día de hoy, veintidós (22) de enero de 2015 inclusive, fecha en la cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión de fecha dieciséis (16) de diciembre de dos mil catorce (2014), dictada por este Juzgado. Cúmplase.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,
María Elvira Reis
Quien suscribe María Elvira Reis, Secretaria Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Hace Constar: Que, desde el día diecisiete (17) de diciembre de 2014, exclusive hasta el día de hoy, veintidós (22) de enero de 2015 inclusive, han transcurrido once (11) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: Diciembre 2014: 18; Enero de 2015: 07, 08, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21 y 22
La Secretaria Temporal,
María Elvira Reis
Exp. N° AP71-R-2014-001030
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintidós (22) de enero de dos mil quince (2015).
Años 204 y 155
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada en fecha dieciséis (16) de diciembre de 2014, razón por la cual se declara definitivamente firme dicha decisión y, en consecuencia, ésta Alzada ordena la remisión del expediente al Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,
María Elvira Reis
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libro oficio N° 2015- A-
La Secretaria Temporal,
María Elvira Reis
Exp. N°AP71-R-2014-000946
República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de enero de 2015
Años 204 y 155
Oficio N° 2015-A-
Ciudadano:
Dr. Luis E. Gómez Sáez
Juez Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
Su Despacho
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AP71-R-2014-001030 (495) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio por Cobro de Bolívares sigue la sociedad mercantil Auto Latonería Peli, C.A., en contra de la sociedad mercantil La Oriental de Seguros, C.A., constante de una (01) pieza de ochenta y un (81) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este tribunal en fecha dieciséis (16) de diciembre de dos mil quince (2015).
DIOS Y FEDERACION
El Juez titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
EXP. N° AP71-R-2014-001030