REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, DOCE (12) DE ENERO DEL 2014
ASUNTO: KP02-A-2014-000023
Visto el escrito presentado en fecha dieciocho (18) de diciembre del 2014, por los ciudadanos MARBELIS DEL CARMEN HERRERA DE PEROZO, GISELA PASTORA HERRERA VARGAS, ALEXIS JOSÉ HERRERA VARGAS, FREDDY ENRIQUE HERRERA VARGAS, JAVIER ALEXANDER HERRERA VARGAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de identidad No. 7.418.680, 7.435.493, 10.846.888, 10846.920, 10.846.889, respectivamente, representados por el Abogado en ejercicio, CARLOS GIURIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 177.107. Este Tribunal en conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, apercibe a los demandantes para que en un lapso de tres días de despacho siguientes al de hoy, aclare si la demanda interpuesta es una Acción Reivindicatoria o es una solicitud de Inspección Judicial, de manera tal que deberá adecuar la presente demanda e indicar con precisión su pretensión de conformidad a la Ley Adjetiva Agraria.-
El Juez, La Secretaria,
(fdo) (fdo)
Abg. Alonso E. Barrios A. Abg. Maryelis D. Duran R.
AB/MD/ MJT.-