REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ASUNTO: KP02-L-2014-342.
PARTE ACTORA: ALIRIO JOSÉ DUARTE CASTRO, Cédula de Identidad Nro. V-9.615.137.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: DEISY MUÑOZ, Inpreabogado Nro. 36.491.
PARTE CODEMANDADA: CENTRO OCCIDENTAL DE INVERSIONES S.A. (COINSA).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDADA: SARAH OTAMENDI, Inpreabogado Nro. 80.210.
PARTE CODEMANDADA: SAFE CORPORATIONS, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDADA: NAYBETH CEDEÑO, Inpreabogado N° 205.113.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
Hoy doce (12) de enero de dos mil quince (2015), siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 AM), día y hora fijado para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil de este Tribunal, la parte actora no compareció, se deja constancia de la presencia de las abogadas Sarah Otamendi, Angi Caceres, inscritas en el Inpreabogado N° 80.218, 108.694, por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.-
El Juez,
Abog. Francisco Merlo Villegas.
Secretaria,
Abog. María Alejandra García.
El Alguacil,
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