REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 19 de Enero de 2.015
204° y 155°

Visto el contenido de la demanda y sus recaudos anexos presentado por el abogado ALFRED ANDRES MARTINEZ DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 156.255, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil C.H. EXPRESS, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 30 de Julio de 2003, bajo el Nº 14, Tomo 32-A., por cuanto la misma no es contraria al orden publico a las buenas costumbres o alguna disposición expresa por la Ley, el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 340 del Código de Procedimiento Civil (juicio ordinario), en consecuencia, emplácese a la parte demandada Sociedad Mercantil COINMAR C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 5 de febrero de 2004, bajo el Nº 39, Tomo 4-A, representada por sus directores ALFONSO MAURO MARULLO MIGNUCCI, MARIA ROSARIO MARULLO MIGNUCCI y GIANPIERO MARULLO MIGNUCCI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 12.433.990; 11.594.362 y 13.464.180, respectivamente y a titulo personal deudor solidario ciudadano ALFONSO MAURO MARULLO MIGNUCCI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.433.990, domiciliados en la Avenida Ferrocarril con carrera 5, Galpón S/N, Zona Industrial 1, Barquisimeto estado Lara; para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho mas Dos (02) días que se le concede como termino de distancia, siguientes a partir de la fecha a que conste la ultima de la citación, a dar contestación a la demanda Resolución de Contrato. Con respecto a la citación este Juzgado comisiona al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de que gestione todo lo relacionado con la citación de la parte demandada. Expídanse copias certificadas fotostáticas del libelo de la demanda, del presente auto, con su orden de comparecencia al pié, a fin de formar las compulsas respectivas de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.


Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López
El Secretario


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


Abg. Juan Carlos López
Secretario