REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintinueve de enero de dos mil quince
204º y 155º
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2014-001734.
PARTE ACTORA: DIANA CAROLINA HERNANDEZ C.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: WILLIAM CUEVAS.
PARTE DEMANDADA: ATENTO VENEZUELA, S.A. (actualmente denominada VOCEM 2013 TELESERVICIOS S.A.)
APODERADO JUDICIAL DEMANDADA: LEONOR HERNANDEZ.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
En el día hábil de hoy, 29 de Enero de 2015, siendo las 11:00 a.m., oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa; habiéndose efectuado el llamado de Ley; se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadana DIANA CAROLINA HERNANDEZ CAMACHO; titular de la cédula de identidad N° 17.257.728; no se hizo presente ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno.- Presente la abogado LEONOR HERNANDEZ., inscrita en el Ipsa bajo el N° 177.431; en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ATENTO VENEZUELA, S.A. (actualmente VOCEM 2013, S.A.),.- En este estado, vista la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, resulta forzoso para este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarar: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y así se establece.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.
La Jueza,
FARIDY SUAREZ COLMENARES.
La Secretaria,
MARIA ELENA FUENTES.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 11:35 a.m.
La Secretaria,
MARIA ELENA FUENTES
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