REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintiocho (28) de enero de dos mil quince
204º y 155º
Nº de expediente: GP02-L-2013-001814
Parte demandante: MAGBIS EDITH PARRA DELGADO, titular de la cedula de identidad N° 12.313.595
Apoderadas judiciales de la parte demandante: Abogadas: ELIZABETH GUZMAN y LEINA MARQUES inscritas en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números 118.399 y 79.616 respectivamente
Parte Demandada:
Apoderada judicial de la parte Demandada:
BANCO DE VENEZUELA, C.A
Abogada: ELIS HERNANDEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 112.886
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy veintiocho (28) de enero de dos mil quince, y siendo las 10:00 am, y la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE compareció LA PARTE DEMANDADA: BANCO DE VENEZUELA, C.A representada por su apoderada judicial ELIS HERNANDEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 112.886 y LA PARTE DEMANDANTE: MAGBIS EDITH PARRA DELGADO, titular de la cedula de identidad N° 12.313.595 “NO COMPARECIO” a la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 204° y 155°.
LA JUEZ,
KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES
LA COMPARECIENTE
LA SECRETARIA
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