REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dieciocho (18) de febrero de 2015
Años: 204 y 155
Vista la diligencia suscrita en fecha 12.02.2015, por el abogado HENRY SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 142.504, quien en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Malinka Serboff de Sechi, parte co-demandada, se da por notificado de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 22 de enero de 2015 y, solicitó la notificación de dicha sentencia a la parte demandante, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandante, ciudadanos Luz Ruggiero de Tori y Víctor Enrique Tori Romero, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: 15.165.348 y 82.068.971, respectivamente, y/o en la persona de su representante judicial, abogado César Alfredo Ferrer López, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.836. Asimismo, se advierte al solicitante que en aras de protección y garantía al derecho a la defensa de la parte co-demandada, se ordena a su vez, la notificación de dicha sentencia a los ciudadanos Ángel Sechi Sandín y Malinka Sechi Serboff, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-1.893.236 y V-6.211.284, respectivamente, parte co-demandada y/o en la persona de su defensor judicial, abogado Jorge Tahan Bittar, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.603, así como la notificación de dicha sentencia al ciudadano Ángel Sechi Serbof, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.532.506, en su carácter de co-demandado y/o en la persona de cualquiera de sus representantes judiciales, abogados Carlos Daniel Linarez y Miguel Morillo, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 69.065 y 114.618, respectivamente. Asimismo, el diligenciante solicitó copia certificada de la decisión dictada en fecha 22 de enero de 2015, lo cual éste Tribunal acuerda en conformidad, y en consecuencia se ordena expedir copia certificada de lo señalado. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil y 111 y 112 ejusdem. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
MARÍA ELVIRA REIS.-
AP71-R-2014-000574
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, dieciocho (18) de febrero de 2015
Años 204 Y 155
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A los ciudadanos Luz Ruggiero de Tori y Víctor Enrique Tori Romero, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: 15.165.348 y 82.068.971, respectivamente, y/o en la persona de su representante judicial, abogado César Alfredo Ferrer López, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.836, parte demandante en el juicio que por Nulidad de Contrato, sigue en contra de los ciudadanos Ángel Sechi Sandin, Malinka Serboff de Sechi, Ángel Sechi Serboff y Malinka Sechi Serboff, sustanciado en el expediente signado con el número AP71-R-2014-000574, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; por auto de esta misma fecha se acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 22.01.2015.-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
Exp Nº AP71-R-2014-000574
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, dieciocho (18) de febrero de 2015
Años 204 Y 155
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A los ciudadanos Ángel Sechi Sandín y Malinka Sechi Serboff, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-1.893.236 y V-6.211.284, respectivamente, y/o en la persona de su defensor judicial, abogado Jorge Tahan Bittar, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.603, parte co-demandada en el juicio que por Nulidad de Contrato, sigue en su contra los ciudadanos Luz Ruggiero de Tori y Víctor Enrique Tori Romero, sustanciado en el expediente signado con el número AP71-R-2014-000574, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; por auto de esta misma fecha se acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 22.01.2015.-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
Exp Nº AP71-R-2014-000574
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, dieciocho (18) de febrero de 2015
Años 204 Y 155
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano Ángel Sechi Serbof, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.532.506, y/o en la persona de cualquiera de sus representantes judiciales, abogados Carlos Daniel Linarez y Miguel Morillo, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 69.065 y 114.618, respectivamente, parte co-demandada en el juicio que por Nulidad de Contrato, sigue en su contra los ciudadanos Luz Ruggiero de Tori y Víctor Enrique Tori Romero, sustanciado en el expediente signado con el número AP71-R-2014-000574, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; por auto de esta misma fecha se acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 22.01.2015.-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
Exp Nº AP71-R-2014-000574