REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 155º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-001404
PARTE ACTORA: FRANK REINALDO AGUIAR MARQUEZ y SUHAIL VICTORIA CARCAMO CABALLERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MONICA ALEXANDRA CANDELL PALACIOS, EVELIO QUINTERO JIMENEZ y MONICA ALEXANDRA CANDELL PALACIOS, EVELIO QUINTERO JIMENEZ
PARTE DEMANDADA: PODER DE DISTRIBUCION VENEZUELA COMUNAL - PDV COMUNAL, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: IRID LOPES ipsa 28753
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 155º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-001404
PARTE ACTORA: FRANK REINALDO AGUIAR MARQUEZ y SUHAIL VICTORIA CARCAMO CABALLERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MONICA ALEXANDRA CANDELL PALACIOS, EVELIO QUINTERO JIMENEZ y MONICA ALEXANDRA CANDELL PALACIOS, EVELIO QUINTERO JIMENEZ
PARTE DEMANDADA: PODER DE DISTRIBUCION VENEZUELA COMUNAL - PDV COMUNAL, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: IRID LOPES ipsa 28753
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy nueve de febrero de dos mil quince, hora y oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo se deja constancia de la No presencia de la parte demandada.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESNETE DECISON.

En Caracas, a los nueve (09) días del mes de febrero de dos mil quince (2015)
Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.

EL JUEZ
ABG. HENRY JESUS CASTRO SANCHEZ.


LA SECRETARIA
ABG. LUISANA OJEDA

En el mismo día de hoy, previo el anuncio de Ley, y dentro de las horas de despacho, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA
ABG. LUISANA OJEDA



LA SECRETARIA
ABG. LUISANA OJEDA

En el mismo día de hoy, previo el anuncio de Ley, y dentro de las horas de despacho, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA
ABG. LUISANA OJEDA