REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción
Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de febrero de dos mil quince
204º y 155º
ASUNTO: KP02-R-2014-000920

PARTE ACTORA: ARAQUE FERREIRA JOSÉ GREGORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.743.543.
PARTE DEMANDADA: MONTES DE OCA CARLOS RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.237.129.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: HENRRY ANTONIO RODRÍGUEZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.292.
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL

Vistas las diligencias suscritas en fechas 15 y 29 de enero de 2015, por el abogado HENRRY ANTONIO RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante las cuales desiste del recurso de apelación interpuesto; este Tribunal da por CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO y, en consecuencia, declara FIRME Y CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, el 29 de septiembre de 2014, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL intentado por el ciudadano JOSÉ GREGORIO ARAQUE FERRERIRA en contra el ciudadano CARLOS RAFAEL MONTES ROJAS; todo lo cual así se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.

Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, a los fines legales consiguientes.

De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al Libro respectivo.

Regístrese, publíquese y bájese.

La Juez Provisoria,
La Secretaria Acc.,
Abg. Elizabeth Dávila.
Abg. Carmen Moncayo

Publicada en su fecha en horas de despacho y seguidamente se expidió copia certificada conforme a lo ordenado.
La Secretaria Acc.,

Abg. Carmen Moncayo