REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 04 de Febrero de 2015
204° y 155°
Visto el contenido de la demanda y sus recaudos anexos presentada por los abogados NAYRUBIS DEL CARMEN RODRIGUEZ JIMENEZ y ROIMAN JOHANNES TORREALBA CASTILLO, inscritos en el inpreabogado bajo el Nº 135.502 y 149.372, respectivamente, de este domicilio, actuando en sus caracteres de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Banco Banesco, Banco Universal C.A.,; por cuanto la misma no es contraria al orden publico a las buenas costumbres o alguna disposición expresa por la Ley, el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 340 del Código de Procedimiento Civil (juicio ordinario), en consecuencia, emplácese a la parte demandada ciudadano MOHAMAD AHMAD HIJAZI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 28.098.316, de este domicilio y a la Sociedad Mercantil RUTANA FASHION, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 26 de Noviembre de 2010, bajo el Nº 12, Tomo 146, en la persona de su Director ciudadano MOHAMAD AHMAD HIJAZI, en su carácter de Fiador y principal pagador, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a partir de la fecha a que conste en autos la ultima de las citaciones, a dar contestación a la demanda por COBRO DE BOLIVARES. Expídanse copias certificadas fotostáticas del libelo de la demanda, del presente auto, con su orden de comparecencia al pié, a fin de formar las compulsas respectivas de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y entréguesele al alguacil a los fines de que practique la citación del demandado. Líbrese compulsas.
Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular Abg. Juan Carlos López,
El Secretario
En la misma fecha se libró se cumplió con lo ordenado
El Secretario