REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, quince (15) de julio de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2013-000652 (215)

Revisadas como han sido las actas que conforman la presente causa, se puede evidenciar que la abogada AURA JASPE MENDEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 3.842, actuando en su propio nombre y representación, anunció mediante diligencia de fecha 06 de julio de 2015, Recurso Extraordinario de Casación, esta alzada, a los fines de emitir el pronunciamiento correspondiente observa, que en fecha 22 de octubre de 2014, se ordenó notificar a la parte demandada, sociedad BANCARIOS ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO C.A., actualmente denominado BANESCO BANCO UNIVERSAL, siendo esto solicitado por la referida profesional del derecho en fecha 20 de octubre de 2014. Ahora bien es menester de este tribunal, hacerle saber a la abogada antes mencionada, que este operador de justicia no emitirá pronunciamiento alguno a lo referente al Recurso de Casación anunciado, hasta tanto no conste en autos la notificación de la parte demandada, momento en el cual comenzará a correr el lapso legal para interponer los recursos a que hubiere lugar, de conformidad con lo previsto en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, y vencido el mismo, el tribunal emitirá el pronunciamiento correspondiente al recurso anunciado. Cúmplase
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

Maria Elvira Reis.