REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diecisiete (17) de julio de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-S-2014-000048 (14.133)
Vista la diligencia presentada en fecha 16 de julio de 2015, por la abogada LEONOR HELENA AZPURUA MANCERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 232.626, actuando en su carácter de apoderada judicial de la solicitante, mediante la cual consignó dos (2) juegos de copias de la sentencia dictada por este despacho en fecha 8 de abril de 2015, a los fines de su certificación, este tribunal acuerda proveer de conformidad. En consecuencia, expídase por secretaría dos (2) juegos de copias certificadas del fallo arriba señalado, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

María Elvira Reis.

Expediente Nº AP71-S-2014-000048 (14.133)
VJGJ/MER
Quien suscribe, MARIA ELVIRA REIS, secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: que los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exacto de las actuaciones que cursan insertas en el expediente signado bajo el Nº AP71-S-2014-000048 (14.133), de la nomenclatura llevada por este despacho, con motivo de la solicitud de EXEQUATUR, presentada por los ciudadanos ESTEBAN PALACIOS LOZADA y MARCO ANTONIO PULGAR LANDAETA, actuando como apoderados del ciudadano PEDRO HORACIO SALGADO NUÑEZ, y las ciudadanas LEONOR HELENA AZPURUA MANCERA y FRANCESCA GIUSEPPINA RIGIO CUSATI, actuando como apoderada de la ciudadana PATRICIA HELENA GONZALEZ. Dichas copias se certifican de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Caracas, diecisiete (17) del año dos mil quince (2015). A 205º años de la Independencia y 156º de la Federación.
LA SECRETARIA,

MARIA ELVIRA REIS.
Expediente Nº AP71-S-2014-000048 (14.133)
MER