REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de julio de dos mil quince (2015)
Años 205º y 156º
Expediente Nº AC71-R-2011-000392 (10136)
Vista la diligencia presentada en fecha 21 de julio del año en curso, por el abogado CARLOS ENRIQUE GUTIÉRREZ FREITES, titular de la cedula de identidad N° V- 18.119.854, actuando en su carácter de Fiscal Septuagésimo Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en Materia Civil y de Proceso, mediante la cual se da por notificado del fallo dictado por esta alzada en fecha 12 de marzo de 2014, y solicitó la notificación de la parte demandada, este tribunal acuerda proveer de conformidad.
En consecuencia, cumpliendo con lo ordenado en el dispositivo del fallo in comento, se ordena librar boletas de notificación dirigidas a la parte demandada, ciudadanos NORMA GIL de MARCANO, ELIO MARCANO GIL, ELEONOR MARCANO GIL, sucesores de ELIO SAMIR MARCANO, y SAUL URIBE SAYAGO, Y/O en la persona de sus apoderados judiciales ciudadanos JOSÉ NEPTALÍ MARTÍNEZ NATERA, CARMEN HAYDEE MARTÍNEZ LÓPEZ, NEPTALÍ MARTÍNEZ LÓPEZ, CARLOS JOSÉ ZAVARSE PABÓN, LUÍS GERMAN GÓZALEZ Y CONSTANTINO FYSSICOPULOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 536.134, 6.847.650, 6.158.366, 9.814.517 y 4.845.643, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 950, 28.293, 33.000, 31.777, 43.809 y 98.84, respectivamente. Así mismo, se acuerda la notificación de los ciudadanos JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ, en la persona de la ciudadana YAJAIRA DA SILVA, titular de la cedula de identidad N°3.900.650, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 21.754, actuando en su carácter de defensor judicial, en la cual se les haga saber que este Juzgado en fecha 12 de marzo de 2014, dictó sentencia mediante la cual se declaró en su particular primero, CON LUGAR la demanda incoada por el Ministerio Público, proferido por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, todo ello en virtud del juicio que por COBRO EN BOLIVARES sigue EL MINISTERIO PÚBLICO contra los ciudadanos NORMA GIL de MARCANO, ELIO MARCANO GIL, ELEONOR MARCANO GIL, sucesores de ELIO SAMIR MARCANO, SAUL URIBE SAYAGO, JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ.
Dichas notificaciones deberán practicarse en el domicilio procesal establecido en el escrito de contestación de la demanda, el cual se transcribe a continuación: “Calle Real Sabana Grande, Edificio Pasaje Concordia, piso 3, Bufete Martínez Natera y Asociados.
Ahora bien, en virtud de que el domicilio de los ciudadanos JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ parte demandada, es en la siguiente dirección: “Urbanización Palo Alto Calle M-4-D, Guatire, Estado Miranda, se ordena librar despacho de comisión y oficio dirigido al Juzgado (Distribuidor) de Municipio del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con el objeto de practicar la respectiva notificación. Líbrense las respectivas boletas de notificación, despacho y oficio. Cúmplase.-
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,
Maria Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,
Maria Elvira Reis.
Expediente Nº AC71-R-2011-000392 (10136)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de julio de dos mil quince (2015)
Años 205º y 156º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A los ciudadanos NORMA GIL de MARCANO, ELIO MARCANO GIL, ELEONOR MARCANO GIL, OSWALDO MARCANO GUZMAN, sucesores de ELIO SAMIR MARCANO, y SAUL URIBE SAYAGO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos. V-2.962.090, V-6.925.017, V-6.809.783, V-4.352.836 y 5.579.896, respectivamente, Y/O en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales, ciudadanos JOSÉ NEPTALÍ MARTÍNEZ NATERA, CARMEN HAYDEE MARTÍNEZ LÓPEZ, NEPTALÍ MARTÍNEZ LÓPEZ, CARLOS JOSÉ ZAVARSE PABÓN, LUÍS GERMAN GÓZALEZ Y CONSTANTINO FYSSICOPULOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 536.134, 6.847.650, 6.158.366, 9.814.517 y 4.845.643, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 950, 28.293, 33.000, 31.777, 43.809 y 98.84, respectivamente, que por auto de esta misma fecha se ordenó su notificación, con la finalidad de hacer de su conocimiento que esta alzada el día 12 de marzo de 2014, dictó sentencia mediante la cual se declaró en su particular primero, CON LUGAR la demanda incoada por el Ministerio Público, proferido por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, procedió a dictar sentencia definitiva en el expediente número AP71-R-2011-000392 (10136) de la nomenclatura llevada por este tribunal, todo ello en virtud del juicio que por COBRO EN BOLIVARES sigue EL MINISTERIO PÚBLICO contra los ciudadanos NORMA GIL de MARCANO, ELIO MARCANO GIL, ELEONOR MARCANO GIL, sucesores de ELIO SAMIR MARCANO, SAUL URIBE SAYAGO, JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ.
Una vez conste en autos su notificación, comenzará a correr el lapso legal para interponer los recursos a que hubiere lugar, de conformidad con lo previsto en el artículo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
Firmará al pié de la presente boleta, en señal de haber sido debidamente notificadas.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
Firma:_____________________Fecha:_______________Hora:__________
Expediente Nº AP71-R-2011-000392 (10136)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de julio de dos mil quince (2015)
Años 205º y 156º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A los ciudadanos JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-3.549.566 y V-6.931.881 respectivamente, Y/O en la persona de su defensor judicial ciudadana YAJAIRA DA SILVA, titular de la cedula de identidad N°3.900.650, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 21.754, que por auto de esta misma fecha se ordenó su notificación, con la finalidad de hacer de su conocimiento que esta alzada el día 12 de marzo de 2014, dictó sentencia mediante la cual se declaró en su particular primero, CON LUGAR la demanda incoada por el Ministerio Público, proferido por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, procedió a dictar sentencia definitiva en el expediente número AP71-R-2011-000392 (10136) de la nomenclatura llevada por este tribunal, todo ello en virtud del juicio que por COBRO EN BOLIVARES sigue EL MINISTERIO PÚBLICO contra los ciudadanos NORMA GIL de MARCANO, ELIO MARCANO GIL, ELEONOR MARCANO GIL, sucesores de ELIO SAMIR MARCANO, SAUL URIBE SAYAGO, JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ.
Una vez conste en autos su notificación, comenzará a correr el lapso legal para interponer los recursos a que hubiere lugar, de conformidad con lo previsto en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
Firmará al pié de la presente boleta, en señal de haber sido debidamente notificado.- Dios y Federación.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
Firma:_____________________Fecha:_______________Hora:__________
Expediente Nº AP71-R-2011-000392 (10136)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. al
JUZGADO (DISTRIBUIDOR) DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Que con motivo del juicio que por COBRO EN BOLIVARES sigue EL MINISTERIO PÚBLICO contra los ciudadanos NORMA GIL de MARCANO, ELIO MARCANO GIL, ELEONOR MARCANO GIL, sucesores de ELIO SAMIR MARCANO, SAUL URIBE SAYAGO, JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ, JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ, por auto dictado en esta misma fecha se ordenó comisionarle a usted, para que practique las notificaciones de los co-demandados, ciudadanos JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-3.549.566 y V-6.931.881 respectivamente, Y/O en la persona de su defensor judicial ciudadana YAJAIRA DA SILVA, titular de la cedula de identidad N°3.900.650, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 21.754. Dicha notificación deberá practicarse en la dirección aportada en el escrito de contestación, el cual se transcribe a continuación: “Urbanización Palo Alto Calle M-4-D, Guatire, Estado Miranda”.
Que la parte actora se encuentra representada en juicio por el abogado CARLOS ENRIQUE GUTIÉRREZ FREITES, titular de la cedula de identidad N° V- 18.119.854, actuando en su carácter de Fiscal Septuagésimo Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en Materia Civil y de Proceso CARLOS ENRIQUE GUTIÉRREZ FREITES, titular de la cedula de identidad N° V- 18.119.854, actuando en su carácter de Fiscal Septuagésimo Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en Materia Civil y de Proceso.
Que la parte demandada se encuentra representada en juicio por la ciudadana YAJAIRA DA SILVA, titular de la cedula de identidad N°3.900.650, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 21.754, actuando en su carácter de defensor judicial de los ciudadanos JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ.
Cumplido lo ordenado, sírvase devolver en original, las resultas correspondientes.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintitrés (23) día del mes de julio del año dos mil quince (2015). A 205º años de la Independencia y 156º de la federación.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,
Maria Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2011-000392 (10136
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintitrés (23) de julio de dos mil quince (2015)
Años 205º y 156º
Oficio N° 2015-A-
Ciudadano (a):
JUZGADO (DISTRIBUIDOR) DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Su Despacho.
Adjunto al presente oficio remito a usted, despacho de comisión constante de UN (1) folio útil y boleta de notificación constante de UN (1) folio útil, con motivo del juicio que por COBRO EN BOLIVARES sigue EL MINISTERIO PÚBLICO contra los ciudadanos NORMA GIL de MARCANO, ELIO MARCANO GIL, ELEONOR MARCANO GIL, sucesores de ELIO SAMIR MARCANO, SAUL URIBE SAYAGO, JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ, JOSÉ GUSTAVO DI MASE y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ, sustanciado en el expediente signado bajo el Nº AP71-R-2011-000392 (10136) de la nomenclatura interna de esta alzada.
Remisión que se hace, a los fines legales consiguientes.
Dios y Federación.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
Expediente Nº AP71-R-2011-000392 (10136)
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia, Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.