REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, seis (06) de julio de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º

Expediente Nº AC71-R-2011-000039 (313)
Vista la diligencia presentada en fecha 2 de julio del año en curso, por la abogada MARIA MAGDALENA ROMERO DE CARTAYA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 7.936, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual se da por notificada del fallo dictado por esta alzada en fecha 17 de junio del 2015, y solicitó la notificación de la parte actora, este tribunal acuerda proveer de conformidad.
En consecuencia, cumpliendo con lo ordenado en el dispositivo del fallo in comento, se ordena librar boleta de notificación dirigida a la parte actora, ciudadana MARIA ELENA OLIVERI COLOMBO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 6.941.710, a través de sus apoderados judiciales TITO U. SÁNCHEZ RUIZ y GLORIA ROJAS ESCALANTE, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 11.698 y 12.091, respectivamente, en la cual se le haga saber que este juzgado en fecha 17 de junio de 2015, dictó sentencia mediante la cual se declaró en su particular primero, PARCIALMEMTE CON LUGAR la partición de bienes de la comunidad conyugal incoada por la ciudadana MARÍA ELENA OLIVERI, contra el ciudadano ANDRÉS ENRIQUE CARTAYA ROMERO, confirmando con distinta motivación el fallo proferido por el Tribunal Tercera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, de fecha 9 de noviembre de 2010.
Dicha notificación deberá practicarse en el domicilio procesal establecido en la referida diligencia, cursante al vuelto del folio 550 del cuaderno principal, el cual se transcribe a continuación: “Avenida Principal de Sebuan, Edificio Sonal, Apartamento 33-B, Urbanización Sebucan, Municipio Sucre, Estado Miranda”.
Una vez conste en autos la notificación ordenada, comenzará a correr el lapso legal para interponer los recursos a que hubiere lugar, de conformidad con lo previsto en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,

María Elvira Reis.
Expediente Nº AC71-R-2011-000039 (313)


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, seis (06) de julio de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana MARIA ELENA OLIVERI COLOMBO, titular de la cédula de identidad Nros. V-6.941.710, que por auto de esta misma fecha se ordenó su notificación, con la finalidad de hacer de su conocimiento que esta alzada el día 17 de junio de 2015, procedió a dictar sentencia definitiva en el expediente número AC71-R-2011-000039 (313) de la nomenclatura llevada por este tribunal, mediante la cual se declaró en su particular primero, PARCIALMEMTE CON LUGAR la partición de bienes de la comunidad conyugal incoada por la ciudadana MARÍA ELENA OLIVERI, contra el ciudadano ANDRÉS ENRIQUE CARTAYA ROMERO, confirmando con distinta motivación el fallo proferido por el Tribunal Tercera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, de fecha 9 de noviembre de 2010.
Una vez conste en autos su notificación, comenzará a correr el lapso legal para interponer los recursos a que hubiere lugar, de conformidad con lo previsto en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil.
Firmará al pié de la presente boleta, en señal de haber sido debidamente notificadas.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.

Firma:_____________________Fecha:_______________Hora:__________

Expediente Nº AC71-R-2011-000039 (313)