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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, veintisiete de julio de dos mil quince
 205º y 156º
 
 ASUNTO: AP21-L-2015-001986
 
 
 Visto el desistimiento del procedimiento presentado por la parte actora cursante al folio 24-25, a través de su apoderada judicial, la abogada, JEANNY PEÑA URANGA, inscrita en el IPSA N°170.017, el día 22 de Julio de 2014, quien tiene poder suficiente para desistir. En consecuencia, este Tribunal Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, procede a HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, manifestado en el presente asunto. Asimismo se  deja expresa constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. Así se establece.
 
 La Juez
 
 El Secretario
 
 Abg. Migdalia Montilla
 
 Abg. Karim Mora
 
 
 
 
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